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Las peligrosas amistades del Supremo

20/7/15

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Por Luis Fernando Rodríguez Guerrero.


“Habría que someter un poco a una crítica la participación en ese tipo de coloquios con esas esponsorizaciones”. Aunque en apariencia tímida, la respuesta del magistrado del Tribunal Supremo Joaquín Giménez al ser interrogado la pasada semana sobre la frecuente presencia de algunos de sus compañeros de corte en seminarios o conferencias patrocinados por bancos y grandes empresas tiene un punto de gallardía, porque pone el dedo en la llaga de un pequeño escándalo sobre el que la judicatura siempre ha corrido un tupido velo cómplice.

Los magistrados del Supremo –no solo ellos, pero sobre todo ellos- han disfrutado siempre de dos vías para obtener un complemento salarial a sus abultados emolumentos. La primera es la tutoría o preparación de opositores al ingreso en la carrera judicial, algo hoy en declive desde que el exministro Alberto Ruiz-Gallardón cerró a cal y canto el acceso a la judicatura. Y la segunda vía es la participación remunerada en todo tipo de eventos –cursos, seminarios, jornadas, charlas, coloquios, paneles de expertos…- sufragados por distintos tipos de entidades financieras y compañías mercantiles. También poderosos bufetes jurídicos.

En este último caso, y sin entrar a valorar la estética del hecho, hace ya mucho tiempo que comenzaron a sonar ciertas alarmas entre la comunidad jurídica porque esos bancos o empresas o despachos patrocinadores de actos en los que participan magistrados del Supremo bajo precio suelen ser “clientes” habituales de la administración de Justicia. Y tal y como repite sin descanso el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, un juez no solo está obligado a ser imparcial –imparcialidad objetiva-, sino que está además obligado a parecerlo –imparcialidad subjetiva– porque ese es un derecho básico del justiciable.


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El Poder Judicial quiere más protagonismo del fiscal en la investigación penal

13/7/15

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Por Luis Fernando Rodríguez Guerrero.


El presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, sorprendió la semana pasada a propios y extraños al apostar por que la investigación de las causas penales sea atribuida al Ministerio Fiscal. Por una vez y sin que sirva de precedente, tiene razón, pero sus palabras han causado desconcierto porque llegan cuando ya es evidente que en esta legislatura que fenece tampoco se abordará el cambio de modelo judicial -y sobre todo de modelo de justicia penal- necesario porque el actual, agotado, es incapaz de dar respuesta a las necesidades de los ciudadanos.

La posición de Lesmes, al menos tal y como la planteó en un desayuno informativo, parece más utilitarista que conceptual: la Fiscalía está dotada de una estructura colegial más flexible que permite que varios fiscales cooperen en la investigación de aquellos procesos más complejos, por ejemplo los que indagan supuestos de corrupción política y económica, lo que contribuye a una mayor eficacia y agilización de la causa. En cambio, “atribuir la enjundia a una sola persona constituye un importantísimo obstáculo para la ágil instrucción”, señaló con florido verbo. La figura del juez instructor adolece de “límites” importantes para poder abordar investigaciones muy complejas, insistió.


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La jueza Alaya y la ‘caja de Pandora’

11/5/15

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Por Luis Fernando Rodríguez Guerrero.


Aunque se libra en silencio, los movimientos que se suceden desde hace semanas en torno al control del sumario que investiga los ERE gestionados de manera irregular por la Junta de Andalucía constituyen una auténtica batalla, sorda pero campal, en la que contienden jueces, instituciones judiciales y políticas y los dos partidos más interesados en influir en la marcha de ese proceso, PP y PSOE. Algunas escaramuzas ya han dejado vencedores y vencidos, pero nadie se atreve a pronosticar quién ganará la contienda. Esta vez, la jueza Mercedes Alaya no las tiene todas consigo. El concurso de traslado convocado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) el pasado diciembre afectó a 364 plazas vacantes, de las cuales 41 estaban cubiertas por magistrados en comisión de servicios. Era el caso de Pablo Ruz, titular suplente del Juzgado Central de Instrucción 5 de la Audiencia Nacional. Casi todo el mundo entendió que aquello fue una maniobra para apartarle del caso Gürtel, que se ha convertido en un pozo sin fondo de problemas para el PP y el Gobierno de Mariano Rajoy, algo de consecuencias imprevisibles en un año tan electoral como 2015.


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Catalá provoca el hastío de la judicatura

4/5/15

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Por Luis Fernando Rodríguez Guerrero.


El ministro de Justicia, Rafael Catalá, gusta de arriesgar el tono que imprime a sus intervenciones públicas, con las que procura desviar el foco de atención de asuntos que le resultan espinosos. Es ese un grave inconveniente para un miembro del Gobierno que tras siete meses en el cargo ha sido noticia por la enmienda a la totalidad que ha planteado a la gestión de su antecesor, Alberto Ruiz-Gallardón, pero que no ha impulsado una producción legislativa propia digna de ese nombre. No queda legislatura suficiente para hacerlo, así que la judicatura le considera ya un inane paréntesis, un ocupante fugaz de un departamento en el que deja como herencias frivolidades como su apuesta por modernizar la administración de Justicia a golpe de SMS o sancionar a los medios de comunicación que informen sobre investigaciones judiciales protegidas por un secreto del sumario que sigue sin disponer de una adecuada regulación.


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Rodrigo Rato en el circo romano

20/4/15

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Por Luis Fernando Rodríguez Guerrero.


A estas alturas del espectáculo, nadie duda ya de que tras el mediático arresto domiciliario por unas horas de Rodrigo Rato el pasado jueves hay una decisión política que busca reforzar la idea del “firme compromiso” del Gobierno en la lucha contra la corrupción. Eso es grave. Y más lo es que algo así haya sido posible gracias a la debilidad de las estructuras judiciales que deben perseguir ese tipo de comportamientos. Y está por ver que alguien pueda sentirse satisfecho con los resultados obtenidos.

Nadie parece sorprenderse de que todo un exvicepresidente económico del gobierno de España, ex director gerente del Fondo Monetario Internacional y expresidente de Bankia controle un entramado de empresas en el extranjero cuyo objetivo es ocultar a la Hacienda española una parte de su patrimonio, al parecer la más voluminosa. Hace tiempo que la opinión pública española acepta determinadas noticias con un estoicismo preocupante, muy similar al empleado por las culturas clásicas que soportaban desgracias a base de atribuirlas a designios divinos.

La persecución judicial de Rato, de confirmarse esas sospechas, debería ser implacable y ejemplar, pero mal comienzo es ese tufo a maniobra política que rodea todo lo sucedido desde el pasado jueves. O todo lo que parece haber sucedido porque, como suele ocurrir en estos casos, a estas horas la opinión pública sigue sin disponer de una versión oficial fiable sobre lo acaecido, lo que abre el campo de juego a todo tipo de especulaciones, filtraciones e hipótesis que sólo ayudan a enmarañar la situación.


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El Tribunal Supremo sortea condenas entre manifestantes

23/3/15

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Por Luis Fernando Rodríguez Guerrero.


La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha impuesto tres años de cárcel a ocho de los cientos de manifestantes que el 14 y el 15 de junio de 2011 intentaron bloquear las puertas del Parlament de Catalunya para impedir uno de los mayores recortes de derechos sociales acometido por una comunidad autónoma desde la instauración de la democracia. Es el suyo un caso de mala suerte porque, dado el razonamiento del alto tribunal, la condena pudo tocarle a cualquier otro asistente a la manifestación. La sentencia (texto íntegro de la resolución del Supremo) es una de esas deliciosas piezas judiciales con dos lecturas, una estrictamente jurídica y otra más política, y ambas preocupantes por igual.

La Audiencia Nacional absolvió a diecinueve de los veinte acusados por el asedio al Parlament porque en la mayoría de los casos las pruebas aportadas al sumario (videos, fotografías, declaraciones de testigos) no confirmaron su participación en los incidentes denunciados por el fiscal; en otros, porque dos de los tres magistrados que juzgaron el caso estimaron que esos sucesos nunca alcanzaron relevancia suficiente para ser considerados delictivos, por lo que no podían constituir el ataque a las instituciones del Estado que castiga el artículo 498 del Código Penal.

La Audiencia Nacional entendió que aquel día se produjo un choque de derechos: el de expresión y reunión de los manifestantes frente al que asiste a los parlamentarios a ejercer sin trabas el cargo para el que fueron elegidos. Y resolvió a favor de los primeros por el contexto, el de una crisis económica que ya entonces recaía sobre amplias capas sociales indefensas ante las políticas de austeridad y recorte del gasto público que, además, no encontraban en los medios de comunicación cauce adecuado a sus protestas y reivindicaciones.


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La falsa reforma de Catalá contra la corrupción

9/3/15

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Por Luis Fernando Rodríguez Guerrero.


El arte de la política es a veces tan taimado que nada ocurre sin su correspondiente doblez. El Consejo de Ministros aprobará el próximo viernes una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) que pretende agilizar la Justicia para mejorar la lucha contra la corrupción. La iniciativa, sin embargo, es inocua y llegará al Parlamento sin apenas tiempo para ser debatida y aprobada, lo que permite pensar que su objetivo es distinto al proclamado.

Quiere la reforma de la LECrim impulsada por el ministro de Justicia, Rafael Catalá, acabar con los sumarios interminables. Para ello, elimina el inoperante plazo de un mes que la actual ley fija para concluir un proceso y lo sustituye por otro “más realista” de seis meses, prorrogables a 18 en el caso de investigaciones complejas.

Un férreo sistema de plazos no sólo no agiliza el proceso sino que puede colapsar los sumarios y hacer inviable la investigación de delitos complejos. Consciente de ello, y para evitar cualquier suspicacia, el propio ministro ha enfatizado que no son plazos rígidos e incluso el de 18 meses debe manejarse “con flexibilidad” y podrá ser prorrogado “de manera indefinida” cuando sea necesario.

Es decir, el mecanismo de los plazos no va a ser operativo. De lo contrario sería imposible investigar episodios como el caso Gürtel, una investigación iniciada en 2008 que ha estado en manos de cuatro jueces (el quinto llegará en unas semanas) y ha pasado por tres tribunales distintos.


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Enmienda a la totalidad a Ruiz-Gallardón

2/3/15

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Por Luis Fernando Roríguez Guerrero.


Tomo prestado el título de este comentario de la periodista Sonia Sánchez, de la Cadena SER, porque resume a la perfección lo que ha supuesto el círculo que en estos días cierra el Gobierno presidido por Mariano Rajoy: casi toda la obra de su primer ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha sido revisada, corregida y, en su mayoría anulada. Es un hecho insólito en democracia: acostumbrados estamos a que los gobiernos de turno incumplan sus programas electorales, pero nunca antes se había producido una rectificación de este calado excepto, salvando las distancias, el famoso cambio de criterio del Gobierno de Felipe González respecto a la pertenencia de España a la OTAN.


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Una Justicia demasiado cara

23/1/15

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Por Luis Fernando Rodríguez Guerrero.


El Estado ha recaudado, entre el 17 de diciembre de 2012 y el 31 de julio de 2014, 512.468.000 euros en concepto de tasas judiciales. Hay otra forma de presentarlo: los ciudadanos han tenido que desembolsar más de 512 millones de euros para acceder a la Justicia desde que entró en vigor la Ley 10/2012 que impulsó el entonces ministro Alberto Ruiz-Gallardón. El dato ha podido conocerse gracias a una respuesta parlamentaria escrita del Gobierno a una pregunta formulada a finales del pasado año por un diputado socialista. El ministerio no facilita ninguna otra información al respecto.

Por si a alguien le interesa una mayor precisión, en diciembre de 2012 la recaudación fue de 8.775.000 euros; en 2013 ascendió a 316.536.000 euros, y entre enero y julio de 2014 se recaudaron 187.157.000 euros. Como curiosidad, el 27,23 por ciento del total (139.544.000 euros) procede de las tasas judiciales abonadas por los residentes en la Comunidad de Madrid.

Son cifras ciertas, pero no exactas. Las tasas judiciales las implantó un Gobierno del Partido Popular, pero no el actual, sino el que presidió José María Aznar. Lo hizo mediante la Ley 53/2002, cuyo artículo 35 creó la tasa por ejercicio de la potestad jurisdiccional en las jurisdicciones Civil y Contencioso-Administrativo. Algo que pasó casi inadvertido porque el apartado 3 de aquel punto eximió del pago, entre otros supuestos, a las personas físicas y a las pymes, lo que reservó el impuesto especial para las grandes empresas.

Lo que hizo Ruiz-Gallardón fue ampliar el pago de las tasas a todos los ciudadanos y elevar su coste entre 50 y 750 euros, lo que las situó en un abanico de entre 200 y 2.000 euros. Además, extendió su aplicación a la jurisdicción de lo Social, aberración que poco después corrigió en parte y a su manera el propio Supremo.

Es decir, la ley de 2012 ha proporcionado al Estado la diferencia entre lo efectivamente recaudado desde que entró en vigor y lo que ya ingresaban las arcas públicas gracias a la norma vigente desde 2002. Tampoco en este punto hay datos oficiales. Algún voluntario se ha dedicado a comparar las recaudaciones anteriores y posteriores al ‘tasazo’ de Ruiz-Gallardón y ha llegado a la conclusión de que el efecto real de su iniciativa se traduce en unos 200 millones de euros. Ese sería el coste repercutido sobre los ciudadanos que entre diciembre de 2012 y julio de 2014 han acudido a los tribunales en defensa de sus derechos.

Sigue siendo mucho dinero. Los ciudadanos ahora padecen una Justicia lenta, ineficaz y además muy cara. En cambio, las tasas ingresan en la Hacienda pública una cifra despreciable para el presupuesto del Ministerio de Justicia. Así que la ecuación se despeja con un absurdo: el empeño de Ruiz-Gallardón es un instrumento impositivo que no genera beneficio suficiente a cambio de un perjuicio que repercute sobre un amplio espectro de la población.


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El Supremo da la espalda a Europa

14/1/15

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Por Luis Fernando Rodríguez Guerrero.


La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, tras cuatro horas de debate y una disputada votación, optó ayer martes por dar la espalda a Europa. Lo hizo para evitar que un nuevo paso adelante dado en la construcción del denominado espacio judicial europeo se tradujese en un goteo de excarcelaciones de etarras que cumplen largas condenas por graves crímenes. Es una apuesta arriesgada: que asesinos como Santiago Arróspide Sarasola, Santi Potros, salgan de prisión antes de lo previsto es una mala noticia, pero la posibilidad de que pueda volver a ocurrir en un futuro cercano si los tribunales europeos desautorizan el criterio de la máxima instancia judicial española lo es aún peor.

La Directiva Marco 675/2008, dentro del impulso al espacio judicial europeo, estableció que los Estados miembros de la Unión Europea deben tener en cuenta como propias las condenas firmes impuestas a sus ciudadanos por otras justicias comunitarias, lo que afecta al tiempo real de cumplimiento según la legislación propia de cada país. Los países integrados en la UE deben trasponer las directivas mediante leyes propias, proceso complejo y delicado por lo que el Parlamento Europeo precisó que, en todo caso, la equivalencia de condenas entraría en vigor en agosto de 2010.

Tanto el anterior Gobierno español como el actual se lo tomaron con mucha calma. Demasiada. Al extremo de que en marzo de 2014 el etarra Joseba Urrusolo Sistiaga llevó al Supremo su petición de acumular sus condenas en Francia y España. El alto tribunal le dio la razón con el único apoyo de la norma comunitaria y le descontó del tiempo aún pendiente de cumplir los diez años que estuvo preso en Francia.

La decisión no supuso la excarcelación de este terrorista al parecer arrepentido, pero sirvió para alertar al Gobierno del problema que se avecinaba. Así que aceleró los trámites parlamentarios de la Ley 7/2014, que incorpora al ordenamiento español la directiva europea, y la enmendó en el Senado para matizar que sólo podrían acumularse las condenas dictadas con posterioridad a agosto de 2010, lo que deja fuera del paraguas comunitario a la práctica totalidad de los presos de ETA.

Cuando la ley entró en vigor, el pasado mes de diciembre, los etarras Santi Potros y Alberto Plazaola ya habían sido excarcelados por la Sección Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional, que les aplicó la doctrina fijada por el Supremo ocho meses antes en el caso de Urrusolo. Los tres miembros de la sala fueron de inmediato sometidos a un furioso paredón virtual por parte de la prensa más conservadora. Incluso la vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría se apeó de la fórmula tradicional (“el Gobierno acata las resoluciones judiciales”) y les dedicó un duro rapapolvos en la rueda de prensa posterior a un Consejo de Ministros, que no es un foro cualquiera. Trece magistrados de lo Penal del Supremo firmaron por ello una inédita queja que el actual presidente del tribunal, Carlos Lesmes, se negó a tramitar.

Espinoso futuro


En medio de tal escandalera, la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional optó por no acumular las condenas del etarra Kepa Pikabea, cuyo recurso fue rechazado ayer. Nueve magistrados de la Sala Segunda defendieron que la Ley 7/2014 es la norma que rige para este tipo de supuestos y, dado que introduce excepciones a la aplicación de la directiva comunitaria, las condenas impuestas en Francia y España a los presos etarras no son equivalentes.

Otros cinco magistrados defendieron que la ley de trasposición aprobada por el Parlamento español contraviene el espíritu de la directiva europea, por lo que reclamaron sin éxito elevar una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE para que esta instancia resolviese el dilema. Y el magistrado Luciano Varela defendió en solitario la posición jurídica más radical: la norma española perjudica al reo, por lo que no debería aplicarse sobre delitos cometidos antes de su entrada en vigor el pasado mes de diciembre.

¿Y ahora? Pikabea se queda en la cárcel, y en breve el Supremo admitirá el recurso del fiscal contra las excarcelaciones de Santi Potros y Plazaola y ordenará a la Audiencia Nacional su reingreso en prisión. También habrá que revisar la reducción del tiempo de cárcel aprobada para Francisco Múgica, Pakito, y Rafael Caride Simón, aunque en sus casos no supusiera su salida de la cárcel. Las secciones de la Audiencia Nacional afectadas podrían plantear una cuestión prejudicial al Tribunal de Luxemburgo. Y los abogados de los presos podrán llevar el caso al Constitucional, al Tribunal Europeo de Derechos Humanos e, incluso, demandar al Estado español ante la corte de la UE por incumplimiento de la normativa comunitaria.

Por cualquier vía, el asunto llegará a una instancia europea, y el resultado es más que previsible. No es una piedra del todo equiparable a la de la ‘doctrina Parot’, pero el tropiezo será muy similar. Lo grave es que en aquella ocasión todos sabíamos (también el Supremo) que la solución para evitar la excarcelación de etarras condenados por delitos graves era errónea: no en vano, por eso se denominó así; de haberse tratado de una apuesta jurídica solvente habría pasado a los anales como ‘doctrina Sánchez Melgar’, en atención al magistrado encargado de redactar la correspondiente resolución.

Ahora la situación se repite, y si el desenlace vuelve a ser el varapalo propinado al Supremo por una corte europea, el balance será tan negativo como entonces. Por segunda vez. La imagen de etarras con las manos manchadas de sangre hasta los hombros al abandonar la cárcel repugna sin paliativos, pero retrasarla mediante artificios jurídicos no mejora el sinsabor.

Es lícito estar en contra del proceso de unificación europea, que incluye la construcción de un espacio judicial europeo. El problema es que el Estado español, hace muchos años, decidió implicarse de manera activa y es imprescindible hacerlo con todas sus consecuencias. No fue fácil, pero la UE acabó por convertirse en un valioso aliado en la lucha contra ETA. Darle la espalda al primer contratiempo que surge no sólo no reporta beneficios, sino que se convierte en una factura que en su momento, y a su manera, Europa no dejará de cobrarse.


Publicado o 14/01/2015 en http://vistapublica.org/

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La insoportable bipolaridad de la Justicia

28/12/14

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Por Luis Fernando Rodríguez Guerrero.


La juez de Instrucción 1 de Lugo, Pilar de Lara, atraviesa una mala racha en la instrucción del proceso derivado de la ‘operación Pokémon’, una investigación de Vigilancia Aduanera que sacó a la luz una presunta trama de corrupción que afecta a varios ayuntamientos gallegos, en su mayoría en manos del Partido Popular. Hace unas semanas se vio obligada a desimputar al alcalde de Ferrol, José Manuel Rey Varela, a quien durante cinco meses mantuvo en el proceso imputado de un delito de cohecho.

Cinco meses pese a que la juez tuvo sobre su mesa muy pronto la declaración del propio alcalde, que negó ser uno de los interlocutores de la conversación pinchada por Vigilancia Aduanera en la que se gestó el presunto cohecho. Y no sólo eso, otro militante del PP, José Manuel Vilaboy Lois, reconoció ser quien en esa cinta negociaba con el representante de una empresa privada el sucio pago.

Pese a ello, la juez mantuvo la imputación de Rey Varela hasta que una pericial realizada por el servicio de Criminalística de la Policía certificó que el primer edil ferrolano no intervino en la conversación. Sólo entonces De Lara decretó en lo que a él respecta el sobreseimiento libre de la causa. Eso sí, al alcalde de Ferrol ya nadie le quita los cinco meses de presunta culpabilidad ante la opinión pública.

No ha sido el último contratiempo. Hace escasos días, la juez De Lara se vio reprendida con severidad por el magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Galicia Pablo Saavedra, que instruye desde el 19 de septiembre la pieza separada de la ‘operación Pokémon’ que afecta a la diputada autonómica y ex portavoz del PP gallego Paula Prado, imputada por supuesto fraude y tráfico de influencias. Para su sorpresa, la instructora lucense le envió diversa documentación incriminatoria sobre la aforada semanas después de haber perdido la competencia para adoptar decisión alguna en lo que a la parlamentaria se refiere. Por eso le devolvió el envío, con un mensajito añadido: “debiendo acordar ese Juzgado el cese de cualquier investigación o instrucción al respecto”.

La pulsión de la juez De Lara por no perder del todo el control de la investigación en lo que a un aforado se refiere no es un caso particular. A la Audiencia Provincial de Sevilla y a la Fiscalía Anticorrupción también le costó un año conseguir que la juez de Instrucción 4 de la capital, Mercedes Alaya, remitiese al Tribunal Supremo todo lo referido a la posible vinculación de aforados con el ‘caso de los ERE’.

Cuando al final lo hizo, acompañó su exposición motivada de un amplio argumentario sobre la conveniencia de no desmembrar el sumario para asegurar una investigación global sobre una trama de corruptelas que ella también considera global. El Supremo ha hecho oídos sordos a todos y cada uno de sus argumentos. Por cierto, la juez Alaya mantiene imputados en el ‘caso de los ERE’ a 229 sospechosos. Más de un centenar de ellos llevan años esperando a ser llamados a declarar ante la juez, porque éste es el primer trámite para un correcto ejercicio del derecho de defensa.

Que investigue el fiscal


¿Impericia judicial? Puede ser, pero no sólo. Tanto la juez De Lara como su compañera Alaya y cualquier juez de instrucción son culpables de sus propios errores, pero también víctimas de un modelo de justicia penal que fomenta este tipo de situaciones. Son los efectos derivados del síndrome bipolar que aqueja al modelo, en virtud del cual el juez de instrucción es el primer acusador del acusado y a la vez el principal protector de sus derechos.

La instrucción penal en España sigue un sistema inquisitivo (y el nombre es la primera pista de sus carencias) caracterizado por el secreto, en el que el juez es quien busca las pruebas que permitan desvelar el delito cometido y condenar a los culpables. Pero este mismo juez es también el responsable de proteger los derechos procesales de todas las partes personadas en el proceso, también de los sospechosos. Son dos misiones contradictorias que a menudo chocan, y con frecuencia en perjuicio del investigado.

Es inevitable porque en este modelo el juez instructor, el fiscal y el resto de las acusaciones a menudo persiguen el mismo o muy similar objetivo, lo que deja al acusado en una situación de inferioridad que a menudo se traduce en un grave obstáculo a la defensa de sus derechos. La misión del juez es conseguir las pruebas que el fiscal y las acusaciones utilizarán en la vista oral contra el acusado, pero a la vez la ley le responsabiliza de proteger los derechos de este último, y a menudo se convierte en una misión casi imposible.

Lo ocurrido al alcalde de Ferrol o a muchísimos imputados en el ‘caso de los ERE’ es grave, pero más lo es que la misma situación la padezcan miles de ciudadanos anónimos sujetos a causas que no despiertan interés mediático, por lo que carecen de público ante el que rasgarse las vestiduras.

Ante este estado de cosas, gana cada día más adeptos el sistema acusatorio, que es el que rige en el orbe anglosajón y en numerosos países de nuestro entorno europeo. En resumen, en este modelo quien investiga es el fiscal bajo el control de un juez de garantías que no instruye, sino que se limita a verificar que todo lo aportado al sumario es lícito y válido para ser utilizado ante el tribunal encargado de juzgar y dictar sentencia.

La mayoría de la judicatura recela de este sistema acusatorio, y no seré yo quien sugiera que lo hace por el temor a perder el enorme poder que otorga la instrucción de un proceso penal. Los jueces aducen argumentos jurídicos de peso en defensa de su condición de instructores. Uno de los más recurridos es la desconfianza que genera un Ministerio Fiscal que constitucionalmente depende del Gobierno.

Esto último es cierto, y es un argumento de peso para defender… una reforma integral del Ministerio Fiscal, no para frenar la implantación del sistema acusatorio de justicia penal. En el modelo de investigación judicial de los delitos, lo que falla es el modelo, y difícil arreglo tiene. En el modelo de investigación por el fiscal, lo que falla es la configuración del Ministerio Público, pero eso es algo que puede solucionarse mediante las oportunas reformas legales.

Por supuesto que es necesario revisar los mecanismos que aseguran la imparcialidad del fiscal y su sujeción al principio de legalidad; también es imprescindible redefinir su estatuto profesional, reforzar los mecanismos que hacen transparente su funcionamiento, modular el principio de oportunidad, precisar su responsabilidad ante supuestos de mala praxis y regular la presencia en el proceso de las acusaciones particulares y populares para evitar que el abstencionismo del Ministerio Público en determinados supuestos genere burbujas de impunidad.

En definitiva, hace falta otro fiscal, pero eso sigue sin ser argumento suficiente para frenar la implantación de un sistema acusatorio que recolocaría al juez en una situación de imparcialidad en todo el proceso y potenciaría la igualdad de armas entre las partes personadas, lo que impediría disfunciones que afectan a derechos fundamentales de quienes se ven señalados por el dedo acusador de la Justicia.


Publicado o 22/12/2014 en http://vistapublica.org

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Juzgados colapsados, ciudadanos indefensos

26/10/14

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Por Luis Fernando Rodríguez Guerrero.


Aspecto de un juzgado de lo Mercantil de Sevilla.
“La Justicia está al borde del colapso”. Es una frase hecha que ha desaparecido de las informaciones sobre el estado de la administración de Justicia española porque lleva ya tantos años al borde del colapso que esa es ya una de sus señas de identidad. Aunque nadie ha precisado nunca dónde está ese borde, y a menudo me pregunto si juzgados y tribunales no la habrán superado ya hace tiempo sin que nos hayamos dado cuenta.

Al menos es lo que puede haberles sucedido a 1.695 órganos judiciales, el 43,5 por ciento de los existentes, que son 3.894 entre juzgados y tribunales. Las cifras las aporta la Inspección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en un informe titulado “Órganos que sobrepasan el 150 % de la carga de trabajo”, y que son casi la mitad de los existentes según el estudio, cerrado con fecha 31 de diciembre de 2013.

¿Qué supone ese dato? En enero del pasado año, el CGPJ revisó los módulos de carga de trabajo razonable para cada órgano judicial en función de la jurisdicción y las características propias de cada uno de ellos. Por ejemplo, la carga de trabajo razonable para un juzgado de lo Mercantil de una ciudad como Sevilla o Valencia oscila entre 330 y 400 procesos en un año. Pues bien, 60 de los 64 juzgados de lo mercantil tramitaron en 2013 al menos entre 825 y 1.000, un 150 por ciento más de lo aconsejable.

La práctica totalidad de los juzgados de Primera Instancia, 659 de 689, supera también ese índice de saturación laboral del 150 por ciento. Pero los más castigados son los juzgados de lo Social: 45 de los 46 exonerados de la ejecución superan el límite de asuntos tramitados, situación que comparten con 184 de los 295 que sí conservan la ejecución de resoluciones. Los juzgados de Familia están colapsados en el 53,4 por ciento de los casos. Quienes tengan interés en acceder al informe completo de la Inspección pueden hacerlo a través de la web del Poder Judicial.

Un determinado Juzgado de lo Mercantil de Sevilla recibió 1.769 asuntos nuevos en 2013; cierta sección penal de la Audiencia de Madrid tuvo que tramitar ese mismo año 4.719 procesos. Me temo que el colapso se ha producido ya sin que nos hayamos percatado de ello. Las vistas orales de muchos procesos mercantiles o laborales se han fijado para 2017. Y los más veteranos del lugar pronostican que el próximo año veremos los primeros señalamientos diferidos incluso para 2020.

Ciudadanos indefensos


Las cifras son graves per se, pero lo son aún más porque afectan sobre todo a la justicia que el ciudadano necesita más cerca en esta época de crisis. Los concursos de acreedores y la impugnación de cláusulas abusivas en todo tipo de contratos, sobre todo hipotecarios, asfixian la jurisdicción mercantil. La estafa de las acciones preferentes e impagos de todo tipo anegan los juzgados de Primera Instancia con decenas de miles de expedientes. Y lo de la jurisdicción laboral no hace falta ni explicarlo.

Desde ese prisma, cabe leer el informe de la Inspección judicial de otra manera. Los acreedores de una empresa en quiebra, las víctimas de las preferentes o quienes hayan denunciado su despido deberán esperar un 150 por ciento más de lo normal en ver resuelta su reclamación. Y lo normal es una administración de Justicia que nunca se ha caracterizado por su celeridad.

No cabe duda que la crisis económica es el factor que ha disparado estos índices de colapso, pero para alcanzar una situación tan grave ha sido necesaria la confluencia de otros dos elementos. Por un lado, la existencia previa de una administración de Justicia lastrada por fallos estructurales apenas parcheados durante la etapa democrática.

Y sobre ese caldo de cultivo vino a desplegar su política judicial el exministro Alberto Ruiz-Gallardón, que ya describí en un anterior post. Al término de sus tres años de mandato, no hay un solo juez más, ni fiscal, ni secretario judicial. La posibilidad de recurrir a jueces y fiscales sustitutos es ahora ínfima, y las sustituciones internas dentro de la propia judicatura están provocando una considerable demora en la resolución de asuntos tan sensibles para los ciudadanos como divorcios, despidos, reclamaciones de cantidad…

La plantilla de los distintos cuerpos de funcionarios al servicio de la administración judicial está congelada, así como sus sueldos. Por supuesto, ni un solo juzgado nuevo. Y los presupuestos para medios materiales comenzaron siendo exiguos para luego verse reducidos año tras año. Todo ello se traduce en un grave deterioro de la calidad del servicio que reciben los usuarios de la administración de Justicia.

Quien tenga que esperar todavía dos o más años para saber si su despido es justo o no, para recuperar el dinero perdido con las preferentes, para determinar la legalidad de su hipoteca o para conocer las cláusulas definitivas del convenio de su divorcio a buen seguro se sentirá indefenso. Y así es inevitable que la Justicia tenga mala imagen, ganada a pulso.

Queda un elemento más preocupante aún si cabe por señalar: la situación apenas tiene arreglo. A la vista del informe de la Inspección del CGPJ, la asociación Jueces para la Democracia (JpD) propuso, entre otros extremos, la creación de 565 nuevos órganos judiciales en los próximos cinco años, a lo que habría que sumar la incorporación de 250 nuevos jueces para cubrir las vacantes que se produzcan en la judicatura.

El coste de la puesta en funcionamiento de un nuevo juzgado se calcula en unos 300.000 euros. Así que la propuesta de JpD supone la inversión inicial en ese lapso de unos 170 millones de euros. Parece complicado en esta época austera. Y desde hace años la administración de Justicia española arroja una paradoja que ni los más expertos han logrado desentrañar: la creación de nuevos juzgados no alivia a los que están saturados, sólo sirve para aumentar el número de juzgados colapsados.

Respetados juristas de diversas procedencias y escuelas coinciden en que sólo un cambio de modelo puede sacar a la administración de Justicia del marasmo en el que se ahoga. ¿Qué modelo? Pues el mismo que triunfa en nuestro entorno europeo: tribunales de instancia, investigación encomendada al Ministerio Fiscal, proceso oral…

Yo también defiendo que sólo un cambio de modelo puede aportar soluciones al actual estado de cosas, aunque reconozco que me preocupa que quienes han sido incapaces de poner en marcha la Nueva Oficina Judicial (NOJ) o el expediente electrónico a una administración como la judicial, que sigue mirando de cerca al siglo XIX, traten ahora de impulsar cambios demasiados radicales. Pero algo hay que hacer ya, porque no hacer nada nos perjudica a todos.


Publicado o 24/10/2014 en http://vistapublica.org

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