El Supremo da la espalda a Europa

14/1/15


Por Luis Fernando Rodríguez Guerrero.


La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, tras cuatro horas de debate y una disputada votación, optó ayer martes por dar la espalda a Europa. Lo hizo para evitar que un nuevo paso adelante dado en la construcción del denominado espacio judicial europeo se tradujese en un goteo de excarcelaciones de etarras que cumplen largas condenas por graves crímenes. Es una apuesta arriesgada: que asesinos como Santiago Arróspide Sarasola, Santi Potros, salgan de prisión antes de lo previsto es una mala noticia, pero la posibilidad de que pueda volver a ocurrir en un futuro cercano si los tribunales europeos desautorizan el criterio de la máxima instancia judicial española lo es aún peor.

La Directiva Marco 675/2008, dentro del impulso al espacio judicial europeo, estableció que los Estados miembros de la Unión Europea deben tener en cuenta como propias las condenas firmes impuestas a sus ciudadanos por otras justicias comunitarias, lo que afecta al tiempo real de cumplimiento según la legislación propia de cada país. Los países integrados en la UE deben trasponer las directivas mediante leyes propias, proceso complejo y delicado por lo que el Parlamento Europeo precisó que, en todo caso, la equivalencia de condenas entraría en vigor en agosto de 2010.

Tanto el anterior Gobierno español como el actual se lo tomaron con mucha calma. Demasiada. Al extremo de que en marzo de 2014 el etarra Joseba Urrusolo Sistiaga llevó al Supremo su petición de acumular sus condenas en Francia y España. El alto tribunal le dio la razón con el único apoyo de la norma comunitaria y le descontó del tiempo aún pendiente de cumplir los diez años que estuvo preso en Francia.

La decisión no supuso la excarcelación de este terrorista al parecer arrepentido, pero sirvió para alertar al Gobierno del problema que se avecinaba. Así que aceleró los trámites parlamentarios de la Ley 7/2014, que incorpora al ordenamiento español la directiva europea, y la enmendó en el Senado para matizar que sólo podrían acumularse las condenas dictadas con posterioridad a agosto de 2010, lo que deja fuera del paraguas comunitario a la práctica totalidad de los presos de ETA.

Cuando la ley entró en vigor, el pasado mes de diciembre, los etarras Santi Potros y Alberto Plazaola ya habían sido excarcelados por la Sección Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional, que les aplicó la doctrina fijada por el Supremo ocho meses antes en el caso de Urrusolo. Los tres miembros de la sala fueron de inmediato sometidos a un furioso paredón virtual por parte de la prensa más conservadora. Incluso la vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría se apeó de la fórmula tradicional (“el Gobierno acata las resoluciones judiciales”) y les dedicó un duro rapapolvos en la rueda de prensa posterior a un Consejo de Ministros, que no es un foro cualquiera. Trece magistrados de lo Penal del Supremo firmaron por ello una inédita queja que el actual presidente del tribunal, Carlos Lesmes, se negó a tramitar.

Espinoso futuro


En medio de tal escandalera, la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional optó por no acumular las condenas del etarra Kepa Pikabea, cuyo recurso fue rechazado ayer. Nueve magistrados de la Sala Segunda defendieron que la Ley 7/2014 es la norma que rige para este tipo de supuestos y, dado que introduce excepciones a la aplicación de la directiva comunitaria, las condenas impuestas en Francia y España a los presos etarras no son equivalentes.

Otros cinco magistrados defendieron que la ley de trasposición aprobada por el Parlamento español contraviene el espíritu de la directiva europea, por lo que reclamaron sin éxito elevar una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE para que esta instancia resolviese el dilema. Y el magistrado Luciano Varela defendió en solitario la posición jurídica más radical: la norma española perjudica al reo, por lo que no debería aplicarse sobre delitos cometidos antes de su entrada en vigor el pasado mes de diciembre.

¿Y ahora? Pikabea se queda en la cárcel, y en breve el Supremo admitirá el recurso del fiscal contra las excarcelaciones de Santi Potros y Plazaola y ordenará a la Audiencia Nacional su reingreso en prisión. También habrá que revisar la reducción del tiempo de cárcel aprobada para Francisco Múgica, Pakito, y Rafael Caride Simón, aunque en sus casos no supusiera su salida de la cárcel. Las secciones de la Audiencia Nacional afectadas podrían plantear una cuestión prejudicial al Tribunal de Luxemburgo. Y los abogados de los presos podrán llevar el caso al Constitucional, al Tribunal Europeo de Derechos Humanos e, incluso, demandar al Estado español ante la corte de la UE por incumplimiento de la normativa comunitaria.

Por cualquier vía, el asunto llegará a una instancia europea, y el resultado es más que previsible. No es una piedra del todo equiparable a la de la ‘doctrina Parot’, pero el tropiezo será muy similar. Lo grave es que en aquella ocasión todos sabíamos (también el Supremo) que la solución para evitar la excarcelación de etarras condenados por delitos graves era errónea: no en vano, por eso se denominó así; de haberse tratado de una apuesta jurídica solvente habría pasado a los anales como ‘doctrina Sánchez Melgar’, en atención al magistrado encargado de redactar la correspondiente resolución.

Ahora la situación se repite, y si el desenlace vuelve a ser el varapalo propinado al Supremo por una corte europea, el balance será tan negativo como entonces. Por segunda vez. La imagen de etarras con las manos manchadas de sangre hasta los hombros al abandonar la cárcel repugna sin paliativos, pero retrasarla mediante artificios jurídicos no mejora el sinsabor.

Es lícito estar en contra del proceso de unificación europea, que incluye la construcción de un espacio judicial europeo. El problema es que el Estado español, hace muchos años, decidió implicarse de manera activa y es imprescindible hacerlo con todas sus consecuencias. No fue fácil, pero la UE acabó por convertirse en un valioso aliado en la lucha contra ETA. Darle la espalda al primer contratiempo que surge no sólo no reporta beneficios, sino que se convierte en una factura que en su momento, y a su manera, Europa no dejará de cobrarse.


Publicado o 14/01/2015 en http://vistapublica.org/

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