Prohibido fotografiar a los funcionarios

20/10/16


Por Marcelino Ollé.


Marcelino Ollé
Una sentencia del Tribunal Constitucional ha avalado, recientemente, el uso de cámaras en el puesto de trabajo, sin consentimiento expreso del empleado pero en el ámbito de la empresa privada. Así, el alto tribunal ha considerado que la grabación a un trabajador sin su permiso no ha vulnerado el artículo 18, párrafos 1 y 4, de la Constitución, que protegen los derechos a la intimidad personal y a la propia imagen.

Sin embargo, esta sentencia no es aplicable al ámbito de los empleados públicos porque un informe de la Agencia Española de Protección de Datos ha señalado que está prohibida, por parte de particulares o incluso de un jefe, la captación de imágenes de estos trabajadores porque no es una actividad doméstica, particular o privada sino pública .

Ler máis...

0 comentarios :

Publicar un comentario